( Publicado en Revista Creces, Abril 2000 )
Con la publicación de la Resolución Nº 581 del Ministerio de Salud en el Diario Oficial del 23 de febrero de este año, este nuevo cuerpo legal sobre Límites Máximos de Residuos (LMRs) de plaguicidas químicos permitidos en alimentos de consumo interno queda así incorporado al Reglamento Sanitario de los Alimentos vigentes. Esta acción reemplazó la anterior legislación establecida en Diciembre de 1982, cuerpo que permaneció vigente durante 17 años, no obstante la gran obsolescencia de numerosos productos químicos en cuanto a su vigencia comercial, especialmente con respecto a los valores de la Ingesta Diaria Aceptable (IDA), uno de los parámetros más importantes que permiten establecer el contenido máximo de residuos químicos en cultivos y alimentos. La reglamentación se refiere a las tolerancias máximas de residuos permitidos en alimentos de consumo interno, sean producidos localmente o importados, por lo tanto, también incluye a residuos de alimentos exportados cuyos excedentes se consumen en el país, como ocurre con frutas o muchas hortalizas.